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Organismos LGBT denuncian transfobia en Poder Judicial: Corte anula condena de femicidio a mujer trans por su sexo biológico

Se trata de la dirigenta trans Yuridia Pizarro, quien en mayo de 2022 desapareció, pero a los días después su cuerpo fue encontrado semienterrado en un sitio eriazo de Iquique.

Organismos LGBT denuncian transfobia en Poder Judicial: Corte anula condena de femicidio a mujer trans por su sexo biológico

La Corte de Apelaciones de Iquique anuló una condena por femicidio contra un hombre que atacó a su pareja trans, Yuridia Pizarro Torres, por considerar que la víctima no era una mujer, ya que no había cambiado legalmente su nombre y género.

“Este fallo es funesto y uno de las más transfóbicos conocidos en Chile en los últimos años. El Poder Judicial con esta sentencia retrocedió de manera alarmante en el respeto a la dignidad y los derechos humanos de las personas con identidad de género diversa”, expresó Javiera Zúñiga, vocera del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

De este modo, el organismo repudió la resolución emitida el 16 de mayo del 2023, en contra de Jhonatan Stiven Cañón Rodríguez, quien cometió el delito en junio de 2022 en contra de Yuridia; una dirigenta trans dueña de una panadería y bailarina de una agrupación de bailes religiosos. La cual en mayo de 2022 fue reportada como desaparecida, pero días después su cuerpo fue hallado semienterrado en un sitio eriazo.

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«Deberá haber un segundo juicio»

Para dicho fallo, el tribunal acogió el argumento de la defensa, que señalaba que para condenar por femicidio se “exige que el sujeto pasiva sea una mujer, lo que no sucede en este caso, donde la víctima es un hombre tanto biológica como registralmente”.

Así, se concluyó en la resolución que la “ley exige como requisito indispensable para el tratamiento de una persona conforme a su identidad de género, el haber realizado los trámites que la ley exige al efecto, situación que no había ocurrido en el caso de la especie”, por lo que no se consideró un femicidio.

Desde el Movilh replicaron que “este brutal razonamiento de la Corte de Apelaciones de Iquique, además de homofóbico, es falso, pues la Ley de Identidad de Género no exige el cambio de nombre o sexo legal para que una persona sea reconocida según se percibe”.

“Si bien sí o sí deberá haber un segundo juicio, esperamos que la Suprema acoja los argumentos de la Fiscalía y emita una sanción disciplinaria contra los dos jueces transfóbicos responsables de este abuso”, finalizó el Movilh.

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